Escarlet editadoLa explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (ESNNA) es una realidad en nuestro país. Este fenómeno social viola los derechos fundamentales de la niñez y la adolescencia; sin embargo, discurre como algo natural en varias de las más importantes ciudades del Perú, ante la mirada fría de la comunidad. Conversamos con Escarlet Rodriguez, líder del proyecto, desarrollo por CHS Alternativo, sobre las principales acciones a seguir, para combatirla; como el MINCETUR  y los operadores de turismo peruano.

¿Qué es Capital Humano y Social Alternativo (CHS Alternativo)?

Somos un organismo no gubernamental, que persigue un fin social de apoyo al desarrollo de los individuos, las organizaciones y la sociedad, con el enfoque de derechos humanos.

Nos especializamos en trata de personas que aborda la problemáticas que incrementan la vulnerabilidad de las víctimas o poblaciones en riesgo de esta situación: El tráfico ilícito de migrantes y las personas desaparecidas como fenómeno social. También la explotación sexual de menores de edad y la explotación laboral y trabajo infantil.

Tenemos una oficina central en la cuidada de Lima y una oficina regional en Iquitos, provincia de Maynas, región Loreto, donde opera un centro de referencia para víctimas de explotación laboral y sexual.

¿Por qué en Iquitos se encuentra esta sede?

Porque es el lugar donde más vale la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes (ESNNA). Y se ve de una forma mucho más abierta, por un tema, digamos, cultural. Si bien ha disminuido, todavía se puede ver que, muchas veces, los mismos padres o familiares son los que inducen a las menores de edad, diciéndoles que, de esta manera, colaboran con la familia. Entonces los menores de edad salen a trabajar por lo que llaman “la bolsita de la casa”.

En Lima también existe este fenómeno, pero de manera solapada. Aquí normalmente no encontramos a los menores parados en las esquinas. Un estudio que hemos hecho nos permitió conversar con monitores sexuales del Ministerio de Salud, quienes han confirmado que los menores de edad, mujeres, se encuentran en departamentos y hacen contacto con los explotadores, a través de internet y le dan las citas en locaciones escondidas de la vista pública. También muchas veces, las prostitutas mayores ayudan a los explotadores sexuales a contactar con estas menores de edad. Es un tema, como ves, más cerrado, pero si hay bastante de eso en Lima.

En caso de los menores varones si se ve más en la calle; pero ellos tienen señales. Por ejemplo, hay un rebrote en la Plaza San Martín. Hace mucho tiempo sacaron un reportaje y el tema se eliminó; pero ha vuelto otra vez. Ustedes pueden ir y se dan cuenta que hay adolescentes que están sentados y simplemente con unas miradas o señas pueden contactarse con sus clientes.

¿Cuándo hablas de explotación sexual, a que te refieres?

Es la utilización de niños, niñas y adolescentes en actos sexuales o eróticos de terceras personas y tienen varias modalidades: una está relacionada con el pago a cambio de tener relaciones sexuales con menores de edad o algún tipo de “beneficios”. El otro tiene que ver con turismo sexual que son visitas de extranjeros e incluso nacionales que se trasladan, por ejemplo, desde un departamento a otro. Digamos desde Lima a Cusco, o hacia Iquitos, para poder tener relaciones sexua.es con menores de edad.

También está el tema de pornografía infantil que es el utilizar imágenes o videos de menores, no solo teniendo relaciones sexuales, sino también con la posesión de ellos. Todos por delitos penados por ley.

¿Cómo enfrentar esta problemática desde el punto de vista jurídico?

Existen las leyes que castigan a las personas involucradas. Por ejemplo, hay una ley para personas involucradas en pornografía infantil; pero también hay una que menciona el tema usuario- cliente (artículo 179-A) que es el que paga o entrega algún tipo de “beneficio”, a un menor de edad, para tener relaciones sexuales con él. Hay una pena de 4 a 6 años con agravante de 14 años. La ley se promulgó en 2004 y está contemplada para castigar a los explotadores sexuales. Para el turismo está el artículo 181-A que es para la explotación sexual comercial infantil en este ámbito; sin embargo, hasta la fecha solo hay un caso denunciado y sentenciado. Y personas, mujeres y hombres, que llevan a menores de edad para tener relaciones hay un montón.

Fuente: Face Tour

Para leer la nota completa en ISSUU, darle clic aquí  (págs. 38-40)- http://issuu.com/facetour/docs/revista_ed_15-face

 

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