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¿Cuántos casos de víctimas de explotación nacional de niños, niñas y adolescentes han vuelto a reinsertarse en la sociedad?

48 de 52  víctimas de explotación sexual de niños, niñas y adolescente detectadas desde CHS Alternativo han sido reinsertadas. 40 en Iquitos y 8 en Lima.

Desde el Estado, según la página web del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en lo que va del año se han detectado más de 3000 víctimas de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, pero no se posee la data acerca de los programas de reinserción a los que estén sujetos o bajo los que están siendo atendidos.

¿Qué impide que una víctima de explotación sexual de niños, niñas y adolescente se desenvuelva con normalidad? 

El trastorno post-traumático transitorio por el que la víctima de ESNNA se encuentra, impide que observe el presente de forma objetiva, proyectando lo vivido en cada instancia o próxima experiencia. El temor es parte de ella o él y también la desconfianza en los demás, aunque también puede ser el caso de que se adapte a esta situación y el contexto cultural promocione la aceptación de estas prácticas. De esta forma tenemos dos visiones que convergen en que ambas son una distorsión de la realidad, que irán desenvolviéndose según los límites que esta posea.

¿Cuáles deberían ser las condiciones para que una víctima de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes vuelva a reinsertarse en la sociedad?

Para promocionar la reinserción de las víctimas de ESNNA es necesario contar con centros de atención especializados en este tipo de violencia, con ello me refiero a que no basta con que se les oriente, tanto legal como psicológicamente, o que se les asista socialmente, es necesario el seguimiento y el tratamiento psicoterapéutico y médico complementario, a fin de preparar a la misma a ser parte de un proceso de reinserción educacional, sumándola a proyectos de capacitación y/o programas sociales nacionales, como Beca 18, entre otros. De esta forma toda la atención requeriría como mínimo 3 años, entre la atención y el seguimiento multidisciplinario en cada caso. Debe tenerse en cuenta que el procedimiento que se otorgará a las víctimas debe ser informado y ejecutado bajo su consentimiento, evitando en todo momento la revictimización de la misma.

¿Cómo deben contribuir los padres de familia para que sus hijos que han pasado por una situación de explotación sexual continúen con su plan de vida?

Para la continuación del plan de vida de las víctimas de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, la familia y en especial los padres deben reconocer el proceso que su hijo/a ha sufrido y luego de entenderlo podrán otorgar el apoyo emocional que se requiere para este tipo de casos. Sin este elemento el abordaje familiar no sería útil, ya que podría sabotear el proceso en sí. Por ello toda asistencia, orientación o apoyo que se otorgue a la víctima ameritará que contemple la adhesión de ellos; pero sin la necesidad de obligarlos o someterlos violentamente al mismo. Por ello, la mejor forma de contribuir es siendo parte del proceso de reinserción o, en su defecto, respetando el mismo desde la necesidad que su hijo/a percibe.

De no lograr reinsertarse en la sociedad ¿qué podría pasar con aquellos niños, niñas o adolescentes que han pasado por una situación de explotación sexual?

No es muy difícil imaginarse estos acontecimientos, ya que hemos observado desde el centro de atención, sobretodo en Iquitos, lo que sucede si no son atendidos; lo que es una realidad lamentable. Inicialmente, desde lo más obvio, se mantiene el estado vulnerable del menor de edad, lo que incrementa la probabilidad de que vuelva a ser explotado o violentado. En segundo lugar, no se desarrollaría y contemplaría la vida desde esta vivencia llegando a creer que es algo “normal” y cotidiano, lo que permitiría que los explotadores abusen de esta condición. Por último, además de lo psicológico también se incrementa el riesgo de contraer alguna ITS, embarazos no deseados y la probabilidad de que fallezca durante este suceso. En resumen, la no atención o ejecución de un proceso de reinserción permitirá que la situación del menor de edad no cambie desde ningún ámbito o área y se mantengan las características que facilitaron esta situación.

Fuente: CHS Alternativo

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